SUBSIDIO DE DESEMPLEO DE MAYORES DE 52 AÑOS, E INGRESOS POR HERENCIA

SUBSIDIO DE DESEMPLEO DE MAYORES DE 52 AÑOS, E INGRESOS POR HERENCIA

Desde Junio de 2018, la percepción de este subsidio está vinculada a que el desempleado no tenga ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).

Estos ingresos se pueden obtener por varias vías, por ejemplo: trabajando; rescatando algún plan de pensiones; venta de propiedades; premios de lotería, etc.

Una de las situaciones que tiene repercusión en el subsidio y que ha generado innumerables problemas, es cuando se recibe una herencia por el fallecimiento de algún familiar.

La Ley establece la obligación de comunicar al SEPE cualquier variación en su situación económica que pueda tener incidencia en el subsidio.

Si se acepta una herencia y en la misma se incluye una cantidad dineraria y esta supera el 75% del SMI, tiene que comunicarlo inmediatamente al desempleo y lo normal es que se suspende el derecho durante el mes en que se recibió el dinero y se le reanuda al mes siguiente.

El problema suele surgir cuando se acepta una herencia pero no hay dinero: se adquiere parte de un piso, parte de una parcela…, esto es frecuente cuando se comparte la herencia con hermanos y con el padre o la madre. En este caso: ¿hay que comunicarlo al SEPE?, nuestro consejo es que sí, para evitar problemas, porque si no se hace, lo normal es que cuando el SEPE tenga conocimiento de la aceptación de la herencia, extinga el derecho al subsidio y reclame como cobros indebidos lo percibido desde la fecha de la Escritura de la aceptación de la herencia hasta el momento en que tuvo conocimiento.

Si esto último sucede -y ocurre con alguna frecuencia-, el remedio que se puede poner es hacer las reclamaciones oportunas ante el desempleo primero y después ante el Juzgado, pero con resultados inciertos y costosos. Por ello, y para evitar estos problemas, lo aconsejable es comunicarlo al SEPE y con la decisión que tome este Organismo después actuar si es necesario.

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