27 Mar PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR UN ERTE
De acuerdo con las últimas modificaciones legislativas, se han agilizado los trámites para la tramitación de los ERTEs por fuerza mayor con el fin de que los trabajadores puedan acceder cuanto antes a la prestación de desempleo. Desde SERRANO ABOGADOS os facilitamos un esquema con los pasos a seguir si quieres hacer un ERTE o si te has visto involucrado en uno de ellos:
1º.- La empresa tiene que presentar una solicitud ante la Autoridad Laboral competente en el que adjuntará un informe que justifique la existencia de fuerza mayor, es decir, de acuerdo con el Real Decreto 8/2020, existirá fuerza mayor cuando:
- Las empresas que realicen alguna actividad comercial se hayan visto obligadas a cerrar por el estado de alarma decretado en el R.D 463/2020, de 14 de Marzo.
- No se pueda desarrollar la actividad laboral por falta de suministros.
- Se haya producido un contagio dentro de la plantilla y sea necesario un aislamiento de la misma.
2º.- La empresa comunicará a los trabajadores la intención de llevar a cabo la suspensión de los contratos o reducción de jornada. Debido a las restricciones de movilidad existentes, esta comunicación se podrá realizar por burofax o incluso por correo electrónico.
3º.- La Autoridad Laboral competente verificará la concurrencia de fuerza mayor, y dictará en el plazo de cinco días, resolución declarativa de la existencia o no de la fuerza mayor.
4º.- Una vez recibida la resolución de la Autoridad Laboral en la que se reconozca la existencia de fuerza mayor, la empresa comunicará a los trabajadores las medidas concretas de suspensión de los contratos o de reducción de jornada que se hayan adoptado.
5º.- Tras dicha comunicación, a las personas afectadas por el ERTE se les podrá reconocer la prestación por desempleo pertinente.
Para más información sobre este procedimiento podéis contactar con nuestros abogados, bien a través de la web WWW.SERRANO-ABOGADOS.COM o en el teléfono 652 04 16 49.
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