¿CÓMO SE COMPUTAN LOS PERIODOS VACACIONALES?

¿CÓMO SE COMPUTAN LOS PERIODOS VACACIONALES?

Dentro de nuestra normativa, existen dos formas de computar los periodos vacacionales, en días hábiles y en días naturales.

Si su convenio fija las vacaciones en días naturales, en estas se incluyen todos los días transcurridos desde el primer día hábil en que dejen de trabajar hasta el último día natural antes de su reincorporación. Así se incluyen los días de descanso semanal y los festivos que haya en ese periodo.

Si el inicio de sus vacaciones es un Lunes, no se le podrán computar como vacaciones el sábado y el domingo anterior, ya que esos días son de descanso devengados durante la semana trabajada.

Por otro lado los convenios pueden establecer que el disfrute de las vacaciones sean en días hábiles, en estos caso se computan únicamente los días laborables en los que no se ha trabajado, sin que cuenten como vacaciones ni los días festivos ni los fines de semana.

Si desde su empresa no se está computando de esta manera los periodos vacacionales, reserva  una consulta por videoconferencia o de manera presencial con nuestros profesionales para que le indiquen las posibilidades jurídicas de su caso.

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